jueves, 3 de septiembre de 2015

Datos y Adulterios

Ashley Madison era un servicio en el que millones de hombres escribían correos, chateaban y gastaban dinero en unas mujeres que no estaban allí", dice una investigación

El caso del robo de datos a la empresa Ashley Madison ha puesto de manifiesto, de nuevo, lo ingenuos e incautos que somos con respecto a la tecnología y cómo funcionan algunos de los elementos básicos propios de la era de la red. Los fundadores de esta empresa canadiense, cuya actividad podríamos llamar de 'servicios de infidelidad', pensaron que habían encontrado un nuevo nicho de mercado. Ofrecían a sus usuarios manejar la identidad digital, anonimato y adulterio, cobrando por unos servicios que, a priori, tienen el morbo que induce el pensar en una infidelidad conyugal. Eso sí, a gran escala y en modo global.
El grupo de hackers, -en realidad crackers- afirmaba en su mensaje de Reddit, bajo el título de "We are the Impact Team", que de los 37 millones de usuarios de los servicios de Ashley Madison, el 75-95% de los perfiles es falso. Y después les decían a usuarios y empresa (Avid Life Media, la sociedad de Toronto propietaria de la Web) que compartían fraude, engaño y estupidez también a escala global dada la cantidad de millones de usuarios... Y acababan aconsejando a los usuarios (masculinos, se entiende): "Llévales a juicio y reclama daños y perjuicios [a los responsables de la empresa]. Luego, sigue adelante con tu vida. Aprende la lección y haced las paces. Será vergonzoso ahora, pero lo superarás". Junto al mensaje un link de descarga de torrents de sesenta gigas de datos.
El asunto, por usar la terminología de la era Gutenberg, ha provocado "ríos de tinta" en todos los medios digitales y, curioso, pequeños espacios en los diarios de papel. Sesudos analistas han opinado sobre los factores en el asunto Ashley Madison, desde la política (hablaban de perfiles de usuarios que eran de militares y congresistas, e incluso entre ellos había perfiles cumplimentados desde el dominio del Congreso español, ¡vaya!); pasando por famosos de la farándula, hasta reproches de que la empresa había aprovechado la hipocresía puritana imperante en países como EEUU o el propio Canadá.
Una de las cosas que ha dejado claras todo lo que está pasando con el asunto es que ha quedado demostrada la generalizada ignorancia e ingenuidad sobre lo digital que tenemos
El Washington Post llegó a publicar: "¿Estaba su cónyuge en Ashley Madison?... Una nueva generación de detective privado puede ayudar"... Sin comentarios. E incluso una empresa española ofrecía sus servicios a los interesados en 'ser borrados de la lista AM". ¡Y no lo decían en un programa de cotilleos, sino en un telediario! Así que, una de las cosas que ha dejado claro todo lo que está pasando con el asunto es que ha quedado demostrada la enorme ignorancia e ingenuidad sobre lo digital que tenemos en relación al valor y la gestión de nuestros datos en el ámbito global, y también con cómo funcionan los usos múltiples de la identidad digital.
Hoy ya sabemos que los hackers tenían razón: la analista Annalee Newitz, tras descargarse la gigantesca base de datos y estudiar su contenido, ha publicado un informe con cifras demoledoras. Según su estudio, el número total perfiles en los datos eran 31.343.429 masculinos por solo 5.550.687 femeninos pero, de estos últimos, hay indicios de que, - tal como decían los hackers-, la mayoría son falsos.
Explica Newitz que "el 82% de las cuentas creadas desde una IP Home -es decir, en las propias máquinas de la empresa- corresponden a mujeres". Esto no hace sino reforzar la idea (comprobadas las direcciones de correo acabadas en ashleymadison.com) que son "direcciones obviamente falsas y, mayoritariamente, de supuestas mujeres". Por otra parte hay todos los indicios de que esos perfiles eran creados por bots (robots) de software de la empresa con datos simulados.
Pero aún hay mas. De los usuarios que chequearon mensajes en la Web del servicio, 20,2 millones eran de perfiles masculinos y solo 1.492 femeninos. Y de la misma manera, de los usuarios que usaron el chat de Ashley Madison, 11 millones eran perfiles masculinos y solo 2.409 son perfiles femeninos. Es una obviedad, pero creo que hay que señalarlo. Hay que hablar de perfiles y no de usuarios. No hay garantía ninguna de que (en los casos en que sean usuarios reales) quien está detrás de un perfil masculino en la red, y más en servicios como el que nos ocupa, sea un hombre en realidad y lo mismo ocurre con los perfiles femeninos. Los dos casos de suicidio de los que habló la policía canadiense se han relacionado, precisamente de posibles homosexuales que residen países donde las conductas homosexuales o el adulterio están castigadas con penas de cárcel o cosas aún peores.

La conclusión final de la analista se puede resumir en que "Ashley Madison era un servicio en el que millones de hombres escribían correos, chateaban y gastaban dinero en unas mujeres que no estaban allí". Sabiendo ya que el 95 % de los perfiles femeninos de la Web de servicios de infidelidad eran tan falsos como el 'Ten una aventura' que anunciaban, ya parece una broma que la empresa Avid Life Media, propietaria del servicio haya anunciado una recompensa de casi 380.000 euros a quien dé pistas para atrapar a los hackers del Impact Team. Y dos bufetes canadienses anuncien que preparan una demanda de también de medio millón de euros contra la empresa. Como respuesta, los hackers han publicado otro archivo de datos aún mas grande, esta vez, además, de con mas perfiles de usuarios, mails del CEO y fundador de la empresa e información interna de la compañía a gran escala. Ya lo advirtió el Impact Team: "Esto es apenas el principio". Pues eso

miércoles, 2 de septiembre de 2015

Lo grabado sin avisar por cámaras de vigilancia también valdrá como prueba

La instalación temporal de cámaras de grabación de imágenes en el puesto de trabajo sin avisar a los trabajadores afectados -sino únicamente al presidente del comité de empresa- debido a la existencia de sospechas fundadas de que el trabajador está robando a la empresa, no vulnera su derecho a la intimidad y a la propia imagen y, por tanto, el despido disciplinario basado en las imágenes es procedente.
Así lo sostiene el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, en esta sentencia de 9 de febrero de 2015, de la que ha sido ponente el magistrado Juanes Fraga, que resuelve un caso en el que un trabajador venía prestando servicios para una tienda de ropa desde junio de 2006. En diciembre de 2012 se hizo un inventario en la empresa, echándose en falta un total de 112 prendas, cifra muy superior al número de faltantes en anteriores inventarios (en torno a cuatro).
En 2013, la dirección empresarial comunicó a la presidenta del comité de empresa que había decidido instalar unas cámaras ocultas que enfocarían a los armarios donde se guarda el producto para así detectar quién o quiénes podían estar apropiándose del mismo. Para la instalación de las cámaras, la empresa acudió a una agencia de detectives privados. Gracias a las grabaciones, la empresa comprobó que el trabajador tenía guardadas varias prendas, que plegó y guardó en bolsas para llevárselas, que coincidían con las echadas en falta en la realización del inventario. Por este motivo, la empresa acordó incoar expediente disciplinario y despedir al trabajador. Tanto el Juzgado de lo Social número 2 de Madrid, como ahora el TSJ declaran la procedencia del despido.
El trabajador impugna como prueba "válida, idónea y proporcional" la grabación de las imágenes porque, en su opinión, se vulnera el derecho regulado en el artículo 18.4 de la Constitución, relativo a la limitación del uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal.
A la misma conclusión llegó la Agencia Española de Protección de Datos en el informe emitido como diligencia final -pero no vinculante para el TSJ-. Aquel informe criticaba, además, que no se habían colocado carteles informativos de las zonas de grabación, ni se había notificado a los representantes de los trabajadores.
Sostiene el TSJ que el caso es idéntico al enjuiciado por el Tribunal Constitucional en sentencia 186/00. Dijo en aquel caso el Alto Tribunal que era una medida justificada (ya que existían razonables sospechas de la comisión por parte del trabajador de graves irregularidades en su puesto de trabajo); idónea para la finalidad pretendida por la empresa (verificar si el trabajador cometía efectivamente las irregularidades sospechadas y en tal caso adoptar las medidas disciplinarias correspondientes); necesaria (ya que la grabación serviría de prueba de tales irregularidades); y equilibrada (pues la grabación de imágenes se limitó a la zona de la caja y a una duración temporal limitada). Por estos motivos, el Constitucional descartó que se produjera lesión alguna del derecho a la intimidad personal.

Finalidad buscada

Añade además que, en tanto que la instalación de las cámaras atiende a las sospechas fundadas de que el trabajador estaba sustrayendo prendas, "sería absurdo exigir a la empresa una comunicación a los trabajadores de la instalación de las cámaras (...) así como la colocación de carteles de publicidad pues, de esta forma, se arruinaría con toda seguridad la finalidad buscada". Por ello, continúa el fallo, "hay que considerar admisible la sustitución de la información a los trabajadores por la efectuada al presidente del comité de empresa".